Acuerdo de creación del tecnológico libre de humo 2014-05-05


Contenido del acuerdo para establecer al Instituto Tecnológico como  “TECNOLÓGICO 100% LIBRE DE HUMO”

ACUERDO PARA EL ESTABLECIMIENTO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO DE CELAYA COMO “TECNOLÓGICO 100% LIBRE DE HUMO”

 

  1. El presente acuerdo tiene como finalidad establecer el marco normativo que permita que las instalaciones y vehículos del Instituto Tecnológico de Celaya sean consideras como espacios 100% libre de humo
  2. El presente acuerdo tiene como base la Ley General para el Control del Tabaco así como de su reglamento de ley. De igual forma se sustenta en la Guía para el Cumplimento de la Ley General para el Control del Tabaco y de su reglamento elaborado por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris).
  3. La observancia de este acuerdo es obligatoria para estudiantes, profesores, empleados administrativos y de cualquier persona que ingrese a las instalaciones del Instituto.
  4. Todos los edificios,  laboratorios, talleres, áreas deportivas, estacionamientos, áreas verdes, baños, accesos, avenidas, pasillos  y en general cualquier espacio cerrado del Instituto Tecnológico de Celaya es considerado espacio 100% libre de humo de tabaco. Por lo cual queda estrictamente prohibido encender o fumar cualquier producto de tabaco cuando se esté en ellos.
  5. No se permite fumar en vehículos oficiales del instituto, aun cuando estén fuera del Instituto; ni en vehículos ajenos al instituto que se encuentren temporalmente en las instalaciones del Instituto Tecnológico de Celaya.
  6. Queda explícitamente prohibida la venta de cualquier producto de tabaco en las cafeterías e instalaciones del Instituto, el incumplimiento de este punto por parte de los concesionarios de las cafeterías del Instituto será causa inmediata de recesión del Convenio de Concesión, además es obligación de los concesionarios de las cafeterías del Instituto señalizar claramente la prohibición de encender y consumir productos de tabaco en las mismas.
  7. El personal del Instituto y el personal de vigilancia externo es responsable de señalar a alumnos, personal, docentes y visitantes que no se puede encender o fumar cualquier producto del tabaco dentro de los espacios 100% libres del Instituto Tecnológico de Celaya.
  8. En caso de que algún alumno encienda o fume cualquier producto del tabaco dentro de los espacios 100% libres de humo de tabaco del campus, será invitado por el personal del Instituto o por personal de vigilancia a que lo apague, y le serán solicitados sus datos para que reciba una amonestación por escrito del Departamento de Servicios Escolares. En caso de reincidencia será suspendido de sus actividades académicas durante una semana, y en caso de reincidir por segunda ocasión causará baja durante el semestre escolar.

Cuando una persona no se identifique ante el personal del tecnológico, se solicitará el apoyo del personal de vigilancia para su identificación y en caso de no hacerlo será retirado de las instalaciones del Instituto, en caso de ser identificado como  estudiante será causa inmediata de suspensión durante una semana, o del semestre cuando se trate de algún caso de reincidencia.

  1. En caso de que la persona que infrinja la restricción de encender o fumar productos de tabaco de manera reincidente (por segunda ocasión), sea personal docente o administrativo de base del instituto se actuará conforme a lo que establezca el apartado de sanciones del Reglamento Interior de Trabajo; en el caso de tratarse de personal temporal o por honorarios se someterá el caso al área de Recursos Humanos para no autorizar su subsecuente contratación.
  2.  Todos los estudiantes del Instituto tienen la responsabilidad de indicar a cualquier persona de la comunidad tecnológica que no debe encender o consumir cualquier producto del tabaco dentro de las instalaciones del Instituto, en caso de que no atiendan a esta petición deben reportarlo a cualquier integrante del personal del instituto, para que  sea éste quien le pida a la persona que se identifique para ser reportado al departamento de Recursos Humanos en el caso de personal que labore en el Instituto, o al Departamento de Servicios Escolares en el caso de tratarse de estudiantes.
  3. Cuando la persona sea empleado de una empresa proveedora de bienes o servicios o invitados a realizar alguna actividad en las instalaciones del Instituto el caso será turnado a la Subdirección de Servicios Administrativos, donde se extenderá un escrito de amonestación a la persona o a la empresa para la cual labore dicha persona, invitándolos a cumplir la normativa del instituto, en caso de reincidencia se comunicará el impedimento para ingresar a las instalaciones del instituto.
  4. Las acciones y sanciones establecidas en los incisos anteriores no son en detrimento de los establecido por el artículo 54 del Reglamento de la Ley General para el Control de Tabaco que de manera explícita establece que:

Los titulares y administradores de las dependencias, órganos y entidades de la  Administración Pública y de los Órganos Legislativo, Judicial y Autónomos de la Federación, serán los  responsables de implantar, cumplir y hacer cumplir el presente Reglamento, en sus respectivos ámbitos. Todo servidor público federal, que ostente un cargo de superior jerárquico, deberá requerir a toda persona que se encuentre fumando, a que se abstenga de hacerlo en la oficina o instalación asignada a su servicio y que apague inmediatamente su cigarro o cualquier producto de tabaco que haya encendido.

Si continúa fumando, deberá pedirle que se traslade a un área al aire libre y si se niega, deberá pedirle que la abandone, siempre que dicha persona sea un particular, si se negase a abandonar el inmueble deberá solicitar el auxilio de la autoridad correspondiente.

Si se trata de un servidor público sujeto a su dirección, deberá denunciarlo a la Contraloría del órgano, dependencia o entidad a la que se encuentre adscrito.

Las personas que violen lo previsto en este Capítulo, después de ser conminadas a modificar su conducta, cuando no lo hicieren podrán ser puestas a disposición de la autoridad administrativa correspondiente quien definirá las sanciones a que haya lugar.”

  1. El personal docente es  responsables del cumplimiento del presente acuerdo con sus grupos y en sus espacios de clase, aplicando las sanciones establecidas en el Reglamento de Alumnos y reportando la falta a su Jefe de Departamento Académico respectivo.

De igual forma pueden indicar a cualquier persona de la comunidad del Instituto que no debe encender o consumir cualquier producto de tabaco dentro de las instalaciones del instituto, en caso de que no se atienda a esa petición deberá reportarlo al personal del instituto o al personal externo de vigilancia para que sean estos quienes pida a la persona que se identifique en los términos establecidos previamente.

  1. Será responsabilidad del Departamento de Recursos Materiales y Servicios desplegar avisos preventivos incluyendo las sanciones a que se hace acreedor quien incumpla la obligación de no encender o consumir productos de tabaco en las instalaciones del Instituto. De igual forma deberá colocar en todos los accesos al instituto (peatonales o vehiculares) avisos que especifiquen claramente la indicación de que el Tecnológico de Celaya es un espacio 100% libre de humo, así como letreros con la leyenda de “Apaga tu cigarro, o cualquier producto de tabaco, antes de entrar”; con el propósito de prevenir que el humo de tabaco se introduzca a las instalaciones del Instituto, de igual forma se desplegara una campaña similar en la entrada de todos los edificios del Instituto, incluyendo letrero de no fumar.  Finalmente será el responsable de determinar, delimitar y señalizar los espacios exclusivos para fumadores.
  2. En la campaña de difusión se incluirá además un número telefónico al cual se puedan dirigir cualquier queja o denuncia respecto al cumplimiento de los espacios 100% libres de humo de tabaco.
  3. No se contará con ceniceros en ninguna instalación del Instituto, con excepción de las entradas al Instituto, con la única finalidad de que las personas que ingresen desechen cualquier producto de tabaco que este consumiendo en ese momento.
  4. Será responsabilidad del Departamento de Comunicación y Difusión en coordinación con los demás departamentos del Instituto realizar campañas orientadas a evitar el consumo de productos del tabaco, especialmente estas campañas estarán dirigidas hacia los estudiantes del instituto.

TRANSITORIOS

  1. Este acuerdo entra en vigor a partir de la firma del mismo
  2. El Instituto Tecnológico de Celaya establecerá y delimitará en forma temporal espacios abiertos exclusivos para fumar (invariablemente deberán ser espacios al aire libre), los cuales estarán específicamente indicados, solo en estos espacios estará permitido el encender o fumar productos de tabaco.
  3. Los espacios serán ubicados al aire libre, deberán estar físicamente separadas e incomunicadas de los espacios 100% libres de humo, no ser paso obligado para las personas o encontrarse en los accesos o salidas de los inmuebles. En estos espacios no podrán estar menores de edad y deberá advertirse a las mujeres embarazadas de los riesgos que corren ella y el producto al entrar en esa zona
  4. Los espacios para fumadores en el Campus I serán los siguientes:
    1. Zona de descanso ubicada entre el edificio Rosa (a espaldas del Departamento de Ciencias Económico Administrativas) y el edificio del Departamento de Ingeniería Química
    2. Zona de descanso ubicada en la parte frontal del Centro de Información y a espaldas del Departamento de Ciencias Básicas
    3. Zona de descanso ubicada a un costado de la Entrada Peatonal original de Instituto (por Av. Tecnológico)
  5. Los espacios para fumadores en el Campus II se acordarán de inmediato atendiendo a las obras que están por concluir en el mismo.

Se firma el presente acuerdo en el Instituto Tecnológico de Celaya a los veinte días del mes de enero del año dos mil catorce

 

 

 

El Director del Instituto Tecnológico de Celaya

 

 

 

 

M.E.D. Ignacio López Valdovinos

 

Por el Comité de Planeación del Instituto Tecnológico de Celaya

 

 

Julián Ferrer Guerra

 Secretario Técnico

 

 

Por el Área Académica

 

 

 

M.C. Martha Carreño Juárez

Subdirectora Académica

 

Por el Área Administrativa

 

 

 

Mtro. Teodoro Villalobos Salinas

Subdirector de Servicios Administrativos

 

 

 

Por el H. Consejo Estudiantil del Instituto Tecnológico de Celaya

 

 

Jennifer Lucía Zanotelli Martínez 

Concejal de Ingeniería Química